14 de Noviembre de 1927
Cuartel General de los Defensores del Derecho Nacional de Nicaragua
DECRETO:
Augusto C. Sandino, General en Jefe del Ejército Defensor de la Soberanía de Nicaragua: En uso de las facultades concedidas por el mismo Ejército y en apoyo de la Constitución Política de la Patria hago saber a todo el pueblo nicaragüense el siguiente acuerdo:
Son traidores a la Patria
- Todo nicaragüense que con miras políticas traficare con la honra de la Nación solicitando apoyo oficial de los invasores de la Patria, así como del gobierno de la Casa Blanca, y el que saliere del país como delegado o representante del gobierno del traidor Adolfo Díaz.
- El que haya celebrado pactos secretos con el enemigo, ya sea como jefe militar o civil.
- El que prestare ayuda a los invasores y traidores para asesinar a los patriotas nicaragüenses que están defendiendo la soberanía de la patria.
- El que suministrare informes oficiales, ya sea verbal o por escrito, declarando en contra de los nacionales.
- El que solicitare protección de los invasores con el pretexto de defender sus intereses, ya sea nacional o extranjero, le será aplicada la misma pena que la Constitución Política señala a los traidores a la Patria.
Al mismo tiempo, hago saber a la sociedad nicaragüense, al pueblo con quien los vínculos de espiritualidad me ligan a defender sus derechos, así como a los extranjeros radicados en el país, que: siendo el Ejército Defensor de la Soberanía de Nicaragua una institución perfectamente organizada y disciplinada, dará toda clase de garantías efectivas a nacionales y extranjeros, siempre que guarden estricta neutralidad.
Dado en El Chipote, a los catorce días del mes de noviembre de mil novecientos veintisiete.
Patria y Libertad
A. C. Sandino