Desde el año 2007, una de las tareas primordiales del Gobierno de Reconciliación y Unidad Nacional, es hacer cumplir los derechos y el protagonismo de la mujer en todos los espacios sociales, para ello ha fortalecido el marco jurídico nacional en aras de avanzar en este ámbito.
En este sentido, la doctora Alba Luz Ramos, presidenta de la Corte Suprema de Justicia (CSJ) en una entrevista en la Revista En Vivo, compartió que “para hablar de la interpretación de las leyes con perspectiva de género, del acceso de las mujeres a la justicia, de la igualdad de género, de los derechos humanos de las mujeres, creo que tenemos que comenzar hablando de la Constitución Política de Nicaragua, que en ningún momento olvidó o relevó ese tema desde la primera Constitución de la Revolución se establecieron dos artículos que hablan sobre la igualdad, el artículo 27 que establece la igualdad formal, todas las personas somos iguales ante la ley y el artículo 48 que establece la igualdad total entre hombres y mujeres”.
Resaltó que la Constitución Política, establece además “que es obligación del Estado eliminar todos los obstáculos que de hecho contribuyan a esta igualdad. Nos está diciendo que debemos tomar medidas de todo tipo, legislativas, administrativas, judiciales en todos aquellos casos en que existan obstáculos para que esa igualdad total y absoluta entre hombres y mujeres sea una realidad, eso nos está diciendo que tenemos que implementar acciones positivas, de discriminación positiva que se llama, es decir, en aquellos casos donde nos encontramos que hay posibilidades de discriminación, tenemos que elaborar leyes, medidas administrativas, estrategias, acciones para evitar esa desigualdad, es así que nace la perspectiva de género en el poder judicial”.
La doctora Ramos, ejemplificó la perspectiva de género que corresponde a aquellos casos en que “un juez que tiene que ser especializado porque no cualquier juez puede hacer eso, ve que hay un situación de desigualdad que la mujer vive habitualmente una situación de desigualdad, ese juez tiene que aplicar no acciones arbitrarias, sino acciones que están dentro de la misma ley pero que muchas veces la obviamos”.
“Una mujer puede lesionar al marido o a otro hombre, en medio de una situación de disputa pero que se ha vuelto una situación de violencia habitual en la familia por ejemplo, y puede lesionarlo tratando de defenderse, qué tiene que hacer el juez. El juez especializado lo que hace es aplicar la teoría del delito y decir aquí hay circunstancias eximentes de responsabilidad penal, porque esta mujer se está defendiendo, está aplicando la legítima defensa, un juez ordinario lo que hace es sancionar a la mujer porque cometió un delito de lesiones, el juez especializado está viendo la situación de desigualdad y aplica la perspectiva de género, aplicando el derecho, porque no es arbitrario, aplicando la teoría del delito que es parte de sus conocimientos”, explicó.
Asimismo, puntualizó que “en la reforma del año 2014 de la Constitución Política se establece la paridad en la participación política en los cargos de elección popular de hombres y mujeres, 50% hombres y 50% mujeres. Esto está establecido en la Constitución Política, esta es una ley antidiscriminatoria, es una ley que genera una acción de discriminación positiva, porque establece una cuota para las mujeres que no se puede obviar de ninguna manera, entonces esto es una ley de acción positiva”.
Ramos recordó que en el año 2008 se estableció una ley muy importante para el país, “que es la ley de igualdad de oportunidades, en esta ley se establece que es para la protección y defensa de los derechos humanos de la mujer y se establece que todas las instituciones del Estado especialmente los Poderes del Estado deben de tener una unidad de género y una política pública de igualdad de género, eso es un cambio trascendental”.
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“Esto es un gran avance, yo diría un avance del Estado de Nicaragua el cambio legislativo, así tenemos la ley de trata de personas que realmente hay un plan contra la trata de personas, porque es un tema que toca mucho, impacta mucho a la sociedad, son niñas, adolescentes que son captadas por sujetos sin ningún pudor, sin ningún valor y las captan para la prostitución o para trabajo, o explotación laboral, trabajos esclavistas. Tenemos la Ley 779 que es la ley integral contra la violencia hacia la mujer, que reforma al Código Penal, es parte del Código Penal de Nicaragua y el Código de Familia, importantísimo porque vino a crear un punto de inflexión en la justicia para las mujeres y los niños”, aseguró.
Fuente: El 19 Digital